OBLIGACIÓN PATRONAL DE AFILIARSE AL INFONACOT
Autor: Auditoría de Seguridad Social
El pasado 04 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto donde se reforma al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo que se impondrá una multa de 50 a mil 500 Unidades de Medida y Actualización (Esto es de $5,428.50 a $162,855.00 pesos) al patrón que no cumpla con las obligaciones señaladas en el artículo 132, fracción XXVI Bis, este artículo se refiere a la obligación que tiene los patrones de afiliar sus centros de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT), con el objetivo de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad.
Con base en lo anterior es necesario que los patrones que cumplan con su obligación y, si aún no lo hacen, realicen lo antes posible la incorporación de sus centros de trabajo al INFONACOT, esta incorporación es gratuita y se puede realizar la pre-afiliación en línea y terminar el trámite de manera presencial, con lo cual podemos ayudarle en la firma si así lo desea.
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